El Gobierno prohíbe la entrada de cruceros en puertos españoles mientras dure el estado de alarma

  • El Ejecutivo basa esta orden en precedentes de brotes previos de Covid-19 en buques de crucero.
  • La medida se cumplirá independientemente de la fase en que se encuentren los distintos ámbitos territoriales.
El crucero Amera atracado en el muelle del Palmeral de las Sorpresas de Málaga capital con la Alcazaba de fondo
El crucero Amera atracado en el muelle del Palmeral de las Sorpresas de Málaga capital con la Alcazaba de fondo
AUTORIDAD PORTUARIA - Archivo
El crucero Amera atracado en el muelle del Palmeral de las Sorpresas de Málaga capital con la Alcazaba de fondo

El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana ha dictado una Orden, en vigor desde este martes, por la que se mantiene la prohibición de entrada a puertos españoles de buques de pasaje tipo crucero procedentes de cualquier puerto. Esta prohibición, que hasta ahora había sido prorrogada en dos ocasiones, estará vigente en principio hasta que finalice el estado de alarma.

En la Orden, publicada este martes en el Boletín Oficial del Estado (BOE), se explica que el transporte de pasajeros debe conservar "ciertas medidas de contención y preventivas" para impedir la propagación del coronavirus y detener la progresión de la enfermedad. Por esta razón, explica el Gobierno, se mantiene la restricción de entrada de los buques de pasaje tipo crucero vigente desde las 0.00 horas del pasado 13 de marzo.

Orden basada en precedentes

El Ejecutivo subraya que la Comisión Europea, en una comunicación fechada el 13 de mayo, señala que "los brotes previos de Covid-19 en buques de crucero han puesto de manifiesto la especial vulnerabilidad de los entornos cerrados durante los viajes largos. Antes de que las embarcaciones de crucero reanuden sus operaciones, los operadores de buques deben establecer procedimientos estrictos para reducir el riesgo de contagio a bordo y para proporcionar asistencia médica adecuada en caso de contagio".

Esta Orden se aplicará en todo el territorio nacional, independientemente de la fase en que se encuentren los distintos ámbitos territoriales en aplicación del plan para la desescalada, salvo disposición expresa en otro sentido.

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